- Argumentan que el recurso de revisión fue resuelto con total desapego a derecho, ya que entre otras cosas dicha resolución se dictó en contra de lo dispuesto en el artículo 27 fracción VIII, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- En el caso de darse indicios de enriquecimiento ilícito, van a solicitar que se le de vista a la Unidad de Inteligencia Financiera para que realice la investigación correspondiente.
Los ejidatarios del Nuevo Centro de Población Ejidal José María Pino Suárez, Mpio. de Tulum, Quintana Roo, Joel Tovar Arcos, María Isabel Caro Cetina, Columba Archundia Garrido, Rodolfo Sosa Escobar, Lea Tun Cahuich, Juan Tun Mis y Germán Mondragón Correa, preparan una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República en contra de los Magistrados del Tribunal Superior Agrario, Maribel Concepción Méndez de Lara, Alfonso Pérez Gasca, Claudia Dinorah Velázquez González y Carmen Laura López Almaraz, por haberse colocado dichos magistrados en el supuesto delictivo previsto en el artículo 225 fracciones VI y VII, del Código Penal Federal al resolver el recurso de revisión 211/2021-44 en fecha 13 de julio de 2021, el citado artículo y fracciones establecen:
Art. 225.- Son delitos contra la administración de justicia cometidos por los servidores públicos.
VI.- Dictar, a sabiendas, una resolución de fondo o una sentencia definitiva que sean ilícitas por violar algún precepto terminante de la ley, o ser contrarias a las actuaciones seguidas en juicio.
VII.- Ejecutar actos o incurrir en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja indebidos.
Argumentan que el recurso de revisión fue resuelto con total desapego a derecho, ya que entre otras cosas dicha resolución se dictó en contra de lo dispuesto en el artículo 27 fracción VIII, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de ser contraria a las actuaciones judiciales, por lo que se actualiza el supuesto delictivo previsto en la fracción VI.
Por otra parte señalan que dejaron de estudiar los Conceptos de Agravio Octavo y Décimo Cuarto, que hizo valer el Nuevo Centro de Población Ejidal José María Pino Suárez, lo cual los colocó en el supuesto delictivo previsto en la fracción VII, omisión hecha deliberadamente para no tener que darle la razón al núcleo agrario.
En vista de lo anterior, y en el caso de darse indicios de enriquecimiento ilícito, van a solicitar que se le de vista a la Unidad de Inteligencia Financiera para que realice la investigación correspondiente.
También externaron, que el amparo directo 545/2021 le fue turnado al magistrado Leonel Jesús Hidalgo para que elabore el proyecto de resolución por lo que le piden se apegue a derecho y no vaya a colocarse en el supuesto delictivo del artículo 225 fracciones VI y VII, del Código Penal Federal.
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